ADVC

Diseño y asesoramiento en ADVC

 

Las Áreas Destinadas Voluntariamente a la Conservación (ADVC) son áreas naturales protegidas competencia de la Federación dedicadas a una función de interés público, y establecidas mediante certificado emitido por la secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) por conducto la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP).

Responden a iniciativas de pueblos indígenas, organizaciones sociales, personas morales, públicas o privadas, de destinar sus predios a acciones de conservación y son administradas por sus legítimos propietarios, conforme a su propia Estrategia de Manejo.

En CAMAUT te ofrecemos el diseño y asesoramiento en ADVC, ya que constituyen una importante aportación de la sociedad, para conservar el patrimonio natural de México.

Marco normativo

  • Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente

El establecimiento de ADVC, está sustentado en el Título Segundo, Capítulo I, Sección II, artículos 46 fracción XI, y del 47 al 55 BIS. Su establecimiento, administración y manejo se regula en la Sección V, artículo 77 BIS.

  • Reglamento de la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Áreas Naturales Protegidas

La regulación de los procesos correspondientes a las ADVC se establece en el Título séptimo, Capítulo II, artículos 126 al 136.

ACUERDO por el que se dan a conocer las medidas de simplificación administrativa y se expiden los formatos de los trámites a cargo de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas en las materias que se indican.

Mediante este Acuerdo secretarial se establece que la solicitud de certificación y los otros trámites relacionados con las ADVC, deberá llevarse a cabo a través de la presentación de formatos que facilitan el proceso a los propietarios.

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